FUNCIONAMIENTO
La Comisión Jurídica de Extremadura funcionará siempre en Pleno asistida por el vocal designado como secretario, que contará con voz y voto.
Para la adopción de acuerdos y aprobación de dictámenes, la Comisión debe estar válidamente constituida.
Para la válida constitución de la Comisión Jurídica de Extremadura se requerirá, previa convocatoria del Presidente o de quien legalmente le sustituya, la presencia de éste, el Secretario, o quienes legalmente les sustituyan, y un vocal. La convocatoria adjuntará el orden del día en el que se relacionen los puntos a tratar. Deberá acompañarse el borrador del acta de la sesión anterior. La comunicación a los miembros de la comisión se efectuará, al menos, con veinticuatro horas de antelación para las sesiones ordinarias y con cuarenta y ocho horas de antelación para las extraordinarias. Desde la convocatoria estará a disposición de los miembros del Pleno toda la documentación.
Excepcionalmente podrá quedar válidamente constituida la Comisión, si se encuentran presentes todos los miembros del Pleno y así lo acuerdan. En este caso, el orden del día será adoptado por mayoría.
Los dictámenes y resoluciones serán aprobados a propuesta del vocal ponente y por mayoría de votos de los miembros de la Comisión. El Presidente de la Comisión tiene voto de calidad en caso de empate.
El voto es personal e indelegable y sólo podrán votar los miembros presentes. Los miembros de la Comisión que discrepen del voto mayoritario deberán formular, conjunta o individualmente, voto particular por escrito antes de la siguiente sesión.
Sólo se podrán debatir los asuntos incluidos en el orden del día que forme el Secretario por indicación del Presidente.
Los vocales podrán instar al Presidente la inclusión de puntos a tratar en las sesiones ordinarias o solicitar la convocatoria de sesión extraordinaria cuando las cuestiones a debatir deban resolverse en sesiones de tal carácter. El Presidente deberá incluir tales puntos en la sesión siguiente o en la posterior a ésta, o convocar sesión extraordinaria para debatir y resolver tales cuestiones.
Consejería de Hacienda y Administración Pública
Comisión Jurídica de Extremadura
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